viernes, 12 de abril de 2013

¿Por qué un patrono debe de invertir en un "Manual de Empleados"?

La Ley de Despido Injustificado Número 80 del 30 de mayo de 1976, enmendada.


Primero vamos a analizar bajo esta ley, que circunstancias se consideran justa causa para despido atribuible al empleado:

Que el obrero siga un patrón de conducta impropia y desordenada.
La actitud del empleado de:

  • no rendir su trabajo en forma eficiente o,
  • de hacerlo tardía y negligentemente o,
  • en violación de las normas de calidad o del producto o servicio que se realiza.
Violación reiterada por el empleado de:

Las reglas y reglamentos razonables establecidos para el funcionamiento.

"Siempre que copia escrita de los mismos se haya suministrado oportunamente al empleado".
En otras palabras, si las reglas y procedimientos no están por escrito, NO hay forma de presentar un de arbitraje en el que salgamos airosos,  frente al Departamento del Trabajo y/o un Tribunal. 

La ley expresa:
(c) Violación reiterada por el empleado de las "reglas y reglamentos" razonables establecidas para el funcionamiento del establecimiento siempre que COPIA ESCRITA de los mismos se haya suministrado oportunamente al empleado.

Patrono si no tienes las reglas y reglamentos por escrito, en un Manual de Empleados te expones a que él tendrá derecho a recibir de su patrono, además del sueldo que hubiere devengado:

(a) el sueldo correspondiente a dos meses por concepto de indemnización, si el despido ocurre dentro de los primeros cinco (5) años de servicio; el sueldo correspondiente a tres (3) meses si el despido ocurre luego de los cinco (5) años hasta los quince (15) años de servicio; el sueldo correspondiente a seis (6) meses si el despido ocurre luego de los quince (15) años de servicio;

(b) una indemnización progresiva adicional equivalente a una (1) semana por cada año de servicio, si el despido ocurre dentro de los primeros cinco (5) años de servicio; dos (2) semanas por cada año de servicio, si el despido ocurre luego de los cinco (5) años hasta los quince (15) años de servicio; tres (3) semanas por cada año de servicio, luego de haber completado quince (15) años o más de servicio.

En efecto, el Manual de Empleados es una excelente inversión que deberías considerar porque te ahorraría mucho en gastos de honorarios. 


Por: Caroline Soto, MBA
Gerencia de Recursos Humanos
787-638-6382








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