Cuantos de
nosotros en alguna ocasión hemos sufrido de algún tipo de acoso laboral o
maltrato en el empleo. Yo puedo decir abiertamente que lo he sufrido en carne
propia. Al igual que yo, casi 500,000 trabajadores, tanto del sector público como del privado,
podrían estar siendo víctimas de acoso laboral o maltrato en el empleo, según
el secretario del Trabajo y Recursos Humanos (DTRH), Vance Thomas. El decano de
la Escuela de Negocios y Empresarismo de la Universidad del Turabo, Marcelino
Rivera, realizó un estudio donde reflejo que ésto es un hecho que afecta al 45%
de los trabajadores puertorriqueños.
El concepto
de “mobbing” según Piñuel lo define como uno de acoso psicológico; e indica que
este tiene como objetivo intimidar, opacar, reducir, aplanar, amedrentar y
consumir emocional e intelectualmente a la víctima con vistas a eliminarla de
la organización o a satisfacer la necesidad insaciable de agredir, controlar y
destruir que suele presentar el hostigador, que aprovecha la ocasión que le
brinda la situación organizativa particular para canalizar una serie de
impulsos y tendencias psicopáticas (Piñuel , 2001).
¿Qué
pretende quien acosa psicológicamente?
Puede tener
múltiples motivaciones. No siempre tiene como fin el que, el compañero o subordinado
se sienta incómodo y se vea obligado a renunciar. Las actividades de acoso van dirigidas
a desacreditar o impedir a ésta mantener su reputación personal o laboral. También
pretende mostrar su poder, y hacerlo mediante la destrucción de aquel al que va
a victimizar.
¿Cómo
prevenir el Hostigamiento y la conducta abusiva en el lugar de trabajo?
1. Es necesario comunicar claramente políticas y valores
organizacionales.
2. Es necesario mantener la consistencia en prácticas
y en los procesos.
3. Se debe reforzar con acciones sus mensajes.
4. Se debe monitoriar el ambiente organizacional, mantenga
una mentalidad pro actividad en todo momento.
Como bien menciona Piñuel en su definición “el acosador”
aprovecha la ocasión que le
brinda la situación organizativa particular para canalizar una
serie de impulsos y tendencias psicopáticas. ¿Y cómo debemos evitar esta
situación?
Comunique
claramente
- Establezca una política anti hostigamiento en el lugar de empleo y divúlguela.
- Como he mencionado en múltiples ocasiones la importancia del Manual de Empleados. Esta es una de las políticas que debe estar incluida en el mismo, de una forma clara y precisa.
- De igual manera puede preparar afiches en donde indique que la empresa es “una libre de hostigamiento en el lugar de trabajo” y colocar en lugar visible.
- Establezca personas, además del supervisor(a) inmediato a donde pueda acudir el empleado en cualquier caso de este tipo.
- Ofrezca charlas, seminarios y talleres sobre el tema y obtenga recibo de asistencia como que se le ofreció y se orientó al respecto.
- Monitoree cualquier tipo de hostigamiento a todos los niveles. En especial recuerde que las acciones en representación de la compañía no sólo son ejecutadas por usted, sino por todos aquellos que formalmente o en carácter temporero son designados por la alta gerencia de la compañía para dirigir.
a.
Ejemplo: Supervisores, Team Leaders,
Líderes de Proyectos, etc.
Muchas veces los problemas organizacionales se pueden prevenir,
estando cerca de la fuerza laboral. Recuerde la clave es ser consistente,
razonable, uniforme, y a tiempo.
Es importante que mencione que actualmente no existe
ninguna ley en específico con la cual se pueda llevar esta situación antes los
tribunales del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Los empleados que son
víctimas de hostigamiento laboral pueden llevar casos contra sus patronos bajo
el artículo 182 del Código Civil, que trata sobre daños y perjuicios. No
obstante, esto no es suficiente puesto que no son re instalados a sus empleos ni
le podrían poner remedios punitivos al patrono. La Cámara de Representante sometió
los proyectos 79 y 908 para darles una protección a los empleados que son víctimas
del mismo.
El proyecto 79, de la autoría de los representantes
novopogresistas José Enrique “Quiquito” Meléndez Ortiz y Ángel Peña Ramírez,
busca crear la Ley para Prohibir el Acoso Laboral en Puerto Rico, establecer
política pública contra el acoso laboral o psicológico en el entorno laboral
local y definir sanciones, entre otras cosas. El proyecto 980 es de la autoría del representante
popular Ángel Matos García y va dirigido a crear la Ley Especial Contra el
Maltrato Emocional Laboral “Anti-Bulling Workers Law.
Iñaki Piñuel y Zabala (Madrid, 1965) es psicólogo,
ensayista, investigador y profesor de Organización y Recursos Humanos en la Facultad
de Ciencias Empresariales y Ciencias del Trabajo de la Universidad de Alcalá.
Es experto en Management y Recursos Humanos y uno de los primeros especialistas
europeos en la investigación y divulgación del mobbing o acoso psicológico en
el ámbito del trabajo y de la educación.
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